424 3415 RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación delas leyes federales. Leyes federales en general.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que hizo lugar al redamo por diferencias por períodos locativos posteriores al 1° de abril de 1991, si los jueces asignaron auna dáusula del contrato un alcance reñido con la literalidad de sus términos y la dara intención de las partes, lo que condujo a prescindir de la ley federal 23.928 que rige el caso (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano).
INTERPRETACION DE LOS CONTRATOS.
Si las expresiones utilizadas en una dáusula contractual son daras y terminantes solo cabe limitarse a su aplicación sin que resulte necesaria una labor hermenéutica adicional (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano).
CONVERTIBILIDAD.
La voluntad del legislador al sancionar la ley 23.928 fue dar un paso audaz para superar la crisis prolongada que abatía al país e implementar un mecanismo de desindexación de la economía que eliminara un fenómeno considerado per verso —el trasladar al mes siguiente, de manera automática la suba de precios del mes anterior— y, a la vez, asegurar una razonable rentabilidad al capital que los propietarios colocaban en el mercado de locación, mediante una renta genuina del uno por ciento mensual (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano).
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
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Contra la decisión de la Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que confirmó el pronunciamiento de primera instancia que condenó a la parte demandada, en su carácter de locataria de una estación de servicio, a pagar a la actora diferencias devengadas correspondientes a períodos locativos posteriores a abril de 1991, resultantes de aplicar cláusulas contractuales, que, según interpretó, no incluían un mecanismo de actualización monetaria, la accionada interpusoel recurso extraordinario de fojas 1078/1096 -de los autos principalesa los que mereferiré en lo sucesivo, salvo indicación en contrario-, cuya denegatoria defs. 1114, dio lugar a la presente queja.
Larecurrenteadmite, primero, quela controversia que origina este juicio gira en torno a la interpretación que debe dársele a la cláusula
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:3415
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