OCTUBRE
HERCAM S.C.A. v. PROVINCIA e BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Improcedencia del recurso.
Los agravios mediante los cuales se cuestiona la condena al pago de un ítem de presupuesto y se objeta el reconocimiento de los gastos improductivos remiten al examen de cuestiones ajenas al recurso extraordinario y sobre las que no se advierte un caso de arbitrariedad.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que condenó a la demandada a pagar el rubro de gastos improductivos —cuyo cálculo difirió para la etapa de ejecución de sentencia sin tener en cuenta que el art. 56, ap. 6.2 del decreto 5488/59, según modificación introducida por el decreto provincial 1329/78, prevé que el reconocimiento por dichos gastos solamente se operará cuando la suma de determinados ítems supere el 20 del monto del contrato vigente a la fecha dela paralización.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
A fs. 15/38 de los autos principales (a los que corresponderán las siguientes citas), HERCAM S.C.A. promovió demanda contenciosoadministrativa contra la Provincia de Buenos Aires —Poder Ejecutivo y Administración General de Obras Sanitarias-, a fin de que se declare la nulidad de la resolución 530/83, dictada por el ministro de educa
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:3313
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