tribunal de origen para que, por quien corresponda se dicte un nuevo fallo con arreglo al presente, Notifíquese. Reintégrese el depósito de fs. 52 y devuélvase.
ApoLFo RoBErTto Vázauez.
LUIS VIGNOLA y OTROS
v. INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERIAS y CASINOS RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Cuestiones de competencia.
La sentencia del superior tribunal provincial que, al dedarar que la cuestión era propia de su competencia originaria y exclusiva respecto de causas contencioscadministrativas, decidió anular todo lo actuado y ordenar el archivo del expediente reviste el carácter de sentencia definitiva ya que causa un agravio de imposible reparación en la medida en que priva al recurrente de plantear las cuestiones propuestas en su demanda por la vía que se dedaró pertinente.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia de recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires que decidió anular todo lo actuado y ordenar el archivo del expediente, ya que el art. 6° del Código de Procedimientos en lo Contenciosoadministrativo de la Provincia de Buenos Aires sólo asigna al superior tribunal la facultad de resolver el incidente de competencia pero no impone la conclusión de ordenar el archivo de las actuaciones.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia de recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
La decisión dela Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que dispuso la anulación de todo lo actuado ante la justicia ordinaria y ordenó el archivo del juicio incurre en arbitrariedad al no dar sino sólo una afirmación dogmática para rechazar la demanda que se intenta, ya que omitió analizar las razones respecto de los motivos que la harían admisible y prescindió, por tanto, de la indispensable fundamentación que justificase derivar a otro pleito de naturaleza ordinaria la tutela de derechos fundamentales que podrían encontrarse severamente comprometidos (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:1940
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