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Fallos: 323:4467 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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21. CAUSALES DE REMOCION. MAL DESEMPEÑO. "MALA CONDUCTA". SIGNI

FICADO.
Mal desempeño —según expr esó el Dr. Roberto Repetto, al presentar su defensa en el juicio político a ministros de la Corte Suprema de 1947-, significa cabalmente "mala conducta", toda vez que la Constitución asegura la inamovilidad delos mismos mientras el magistrado gobierne su vida con la dignidad inherenteala investidura. "Mala conducta" significa una grave falta moral demostrativa de carencia de principios y de sentido moral, ola ausencia de esa integridad de espíritu, imprescindible para que un funcionario pueda merecer la confianza pública (1).

J.E.M.N. Causa N" 2 "Brusa, Víctor Hermes s/ pedido de enjuiciamiento".

22. CONSEJO DE LA MAGISTRATURA. COMISION DE ACUSACION. TRAMITE.


EXPLICACIONES DEL JUEZ ANTE EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA NO

INTEGRAN ACTOS JURISDICCIONALES.
Las explicaciones dadas por el magistrado a requerimiento del Consejo de la Magistratura durante el trámite de la acusación, no integran los actos jurisdiccionales y, en tanto no configuran per se una conducta susceptible de reproche.

J.E.M.N. Causa N° 3 "Bustos Fierro, Ricardo s/ pedido de enjuiciamiento".

23. CONSTITUCION NACIONAL. DEBIDO PROCESO. DERECHO DE LAS PAR
TES. PLANTEO DE CUESTIONES ESENCIALES.
La garantía consagrada en el art. 18 de la Constitución Nacional incluye la posibilidad conferida a las partes de plantear cuestiones esenciales que hagan al correcto ejercicio de los respectivos ministerios y su debido tratamiento por el órgano juzgador.

J.E.M.N. Causa N" 2 "Brusa, Víctor Hermes s/ pedido de enjuiciamiento".

24. CONSTITUCION NACIONAL. REFORMA. CUESTION JUDICIABLE. MOTIVOS.

Una reforma de la Constitución será inconstitucional y el Poder Judicial tiene competencia para dedararlo así, en el respectivo caso que se someta a su decisión si ha sido sancionada en violación del procedimiento, condiciones o prohibiciones establecidas por el texto constitucional vigente, así como también si contradice, o sea traiciona, los principios básicos o bases permanentes, o sea, el alma o espíritu de la Constitución (2).

J.E.M.N. Causa N° 3 "Bustos Fierro, Ricardo s/ pedido de enjuiciamiento".

1) Se citó Diario de Sesiones del Honorable Senado Constituido en Tribunal, 24 y 30 de abril de 1947.

2) Segundo Linares Quintana, "Teoría de la Ciencia del Derecho Constitucional", ed. 1978, t. III, pág. 245.

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:4467 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-4467

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