Por ello, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito de fs. 29. Notifíquese y, oportunamente, archívese, previa devolución de los autos principales. .
Carios S. FAYr — AUGUSTO César BELLUsciIO — ENRIQUE SANTIAGO
PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO.
CARLOS EMILIO BIZET
v. BANCO MERCANTIL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario.
Corresponde desestimar la queja si la cuestión federal alegada en el recurso extraordinario no ha sido oportunamente introducida en el proceso.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó la demanda por indemnización de daños y perjuicios —reclamados por el cierre de una cuenta corriente— si para así decidir omitió el tratamiento de aspectos conducentes para la resolución de la causa que privan, a lo así resuelto, de adecuada fundamentación (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Carlos - S. Fayt, y Guillermo A. F. López).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.
Es arbitraria la sentencia que —al rechazar la demanda de daños y perjui" cios por el cierre de una cuenta corriente— descartó la posibilidad de que el " exceso en el descubierto autorizado pudiera haber sido convenido por las partes sin sujetarse a ninguna formalidad, si de las constancias de la causa surge que, en numerosas oportunidades anteriores al cierre, el demandante libró cheques que, pese a que excedían el descubierto, fueron atendidos por el banco sin objeciones y tal temperamento fue modificado por la entidad sin notificación previa al recurrente (Disidencia del Dr. Eduardo Moliné O'Connor, Carlos S. Fayt y Guillermo A. F. López).
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:400
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