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Fallos: 323:374 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A. v. TELINTAR S.A.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio.

Lugar del delito. .

Corresponde conocer en el delito de estafa, perpetuado mediante el cobro por débito automático de llamadas telefónicas al exterior que la denunciante y titular de la línea nunca habría efectuado, al juez con jurisdicción en la localidad donde la abonada al servicio'de comunicaciones y víctima del accionar ilícito, tiene instalada la línea telefónica, en el caso, el Juzgado de Garantías N° 2 del Departamento Judicial de San Martín, Provincia de Buenos Aires.

DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL .

Suprema Corte:

Entre los titulares del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 37 y del Juzgado de Garantías N° 2 del departamento judicial de San Martín, Provincia de Buenos Aires, se suscitó la presente contienda negativa de competencia en la causa instruida con motivo de la denuncia formulada por Susana Lamanuzzi.

En ella refiere que en el mes de enero de 1998, la empresa Telecom le habría debitado automáticamente de su cuenta bancaria una importante cantidad de dinero, correspondiente a la facturación de los meses de noviembre y diciembre del año anterior, en la cual se detallan numerosas y costosas llamadas directas internacionales que nila denunciante ni su grupo familiar habría efectuado.

La magistrada nacional, calificó el hecho como constitutivo del — .

delito de estafa, y con base en que el domicilio donde se encuentra instalado el teléfono, al cual se remitió la facturación, se encuentra en la localidad de Sáenz Peña, declinó la competencia en favor de la justicia provincial (fs. 14).

Esta última, por su-parte, no aceptó la competencia atribuida.

Sostuvo para ello, que el desapoderamiento patrimonial, configurati

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:374 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-374

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