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Fallos: 323:1025 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario, -.

No corresponde hacer lugar al agravio referente a que los planteos de uno de los acusados no debían perjudicar la acción seguida contra el restante, si no ha sido efectuado por el querellante en la oportunidad procesal adecua- ° da (Disidencia del Dr. Gustavo A. Bossert), CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia, La garantía de la defensa en juicio no ampara la negligencia de las partes.

Quien ha tenido amplia oportunidad para ejercer sus derechos responde por la omisión que le es imputable (Disidencia del Dr. Gustavo A. Bossert).


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte: -I-

La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Federal de esta ciudad resolvió confirmar la decisión, de primera instancia que declaró extinguida, por prescripción, la acción penal en la causa respecto de Horacio Verbitsky, y lo sobreseyó parcial y definitivamente en orden al delito previsto y penado por el artículo 110 del Código Penal, por el que había sido querellado por José Luis Manzano.

Contra este pronunciamiento el querellante interpuso el recurso extraordinario cuyo rechazo ha dado lugar a la presente queja.

—I-

El recurrente cuestiona que en el cómputo del tiempo transcurrido a los efectos de la prescripción no hayan sido descontados los períodos en los que el trámite de la causa estuvo suspendido por la necesi- °

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:1025 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-1025

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