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Fallos: 322:3499 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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9) queactualmente no existen propiedades registradas a su nombre tanto en el ámbito de esta Ciudad como en el de la Provincia de Buenos Aires (conf. informe del Registro Nacional de la Propiedad Inmueble obrante afs. 34.500/4 y del Registro dela Propiedad dela Provincia de Buenos Aires, obrante a fs. 34.586/90); 10 que la Secretaría de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia de la Nación informó que no se encuentra registrado ante ese organismo ningún automotor a nombre de Mohammad Reza JavadiNia, aún cuando aclaró que el sistema se encontraba en una etapa experimental (conf. fs. 36.271/2); 11) que se encuentran agregados a la presente causa losinformes elevados por las siguientes entidades: "Universo, Caja de Crédito Coop.

Ltda."; "Multi Finanzas, Compañía Financiera S.A."; "Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.""; "Banco Privado de Inversiones S.A."; "Banco Europeo para América Latina S.A."; "Banco de Río Negro"; "Banco do Estadode Sao Paulo"; "Banque Nationalede París"; "The Chase Manhattan Bank"; "J.P. Morgan"; "Banco Mariva"; "Bank of América"; "Banco del Buen Ayre"; "Nuevo Banco Industrial de Azul S.A."; "Bersa, Banco de Entre Ríos S.A."; "Masventas S.A. Compañía Financiera"; "Banco CMF S.A."; "Banco Itaú Argentina S.A."; "MBK Mercobank"; "Montemar, Compañía Financiera S.A."; "Banco Sáenz S.A."; "Banco Comafi S.A."; "Ing. Baring"; "Banco Hipotecario S.A."; "Banco Empresario de Tucumán Coop. Ltdo."; "Banco General de Negocios S.A."; "Grupo Macro", "Banco de Jujuy"; "Cía. Financiera Luján Williams S.A." y "Nuevo Banco de Santa Fe S.A.", que dan cuenta que Mehdi Bizari norealizó operación alguna con las mencionadas entidades (conf.

fs. 36.690, 36.691, 36.725, 36.726, 36.727, 36.728/9, 36.826, 36.827, 36.828/9, 36.872, 36.875, 36.964, 36.965/6, 36.980, 37.023, 37.117, 37.236/7, 37.238/9, 37.244/8, 37.311, 37.341, 37.412, 37.413, 37.420, 37.433, 37.453/4, 37.890, 38.281, 38.413, respectivamente).

253) Que en virtud de las manifestaciones vertidas por Bizari y Parvas relacionadas con el giro comercial de "Il manco S.A." y particularmente con la operación llevada a cabo con "Kalpakian Hnos.", este Tribunal dispuso diversas medidas (conf. fs. 21.739/43, párrafo 23avo.), delas que es posible concluir que:

1) la empresa "Kal pakian Hnos." no registra en sus libros de comercio ninguna operación de compra o venta a crédito con la firma "Lmanco S.A."; en lo querespecta a las operaciones al contado, aquélla nolleva registros (v. fs. 23.955, 23.959 y 34.550);

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:3499 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-3499

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