septiembre de 1986 y que durante 1992 se había domiciliado en la Avda. Gaona 3.713, 1er. piso "5" de esta Ciudad, donde se encontraba instalada la línea telefónica 583-1215. También, que había finalizado los estudios correspondientes a la carrera de Medicina en 1996 y que registraba como otros domicilios el de Virrey Liniers 1.183 —año 1994— el dela mezquita dela calle San Nicolás 674 durante 1996 y el dela calle Tapiales 1420. 5to. piso "P" de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, también consignado como domicilio de Alf Halvaei (v. fs.
19.995/6).
Al prestar dedaración testifical anteel titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 9 dijo haber ingresado al país a fines de 1982 y haber cumplido funciones en la sección cultural dela embajada iraní en nuestro país por el lapso de catorce oquince meses. Reconoció haber constituido con Parvas y Bizari la empresa "Imanco S.A." en el año 1989, aunque dijo que solo formó parte de la misma por el lapso de ocho meses en razón de que esta actividad no era económicamente redituable. En relación ala operatoria comercial de la misma, dijo que sólo conocía una operación —que consistió en la importación de alfombras y negó finalmente que "Imanco S.A." hubiera tenido cualquier tipo de ofrecimiento relacionado con la comercialización de armas (conf. fs. 20.386/94).
Refirió que era Parvas quien sostenía a la firma, ya que provenía de una familia de muy buena posición económica; que éste había traído de Irán una suma superior alos cien mil dólares y que la empresa operaba financieramente con el Citibank —Casa Central—. También reconoció haberse domiciliado en el inmueble de la calle Gaona 3.713, 1er. piso de esta Ciudad, entre los años 1.988 y 1.992, y en forma alternativa durante el año 1996, en la mezquita de San Nicolás 674 deesta Ciudad y en Tapiales 1420 5to. piso "P" de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, propiedad de Alí Reza Halvaei; destacó además que se recibió de médico en la Universidad de Buenos Aires el 28 de mayo de 1996 obteniendo, el 21 de abril del año siguiente, el correspondiente diploma (conf. fs. citadas).
252) Quedelas medidas de prueba llevadas a cabo por este Tribunal se determinó:
1) que el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto carece de constancias que acrediten su actividad en la
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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:3497
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