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Fallos: 322:2987 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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nislao González Bergez, por la representación del Estado Nacional en la de ochocientos noventa mil novecientos pesos ($ 890.900); los del doctor César David Graziani, por la dirección letrada del Estado Nadonal, en la deun millón ciento trece mil seiscientos pesos ($ 1.113.600); los de la doctora Norma Vicente Soutullo, por la dirección letrada del Estado Nacional, en la de un millón ciento trece mil seiscientos pesos $ 1.113.600) y los de las doctoras Sonia Haydeé Donati y Maria Alejandra Ahmad, en conjunto, por la dirección letrada y representación dela Provincia del Chubut, en la de tres millones ciento dieciocho mil pesos ($ 3.118.000).

En razón de lo establecido por los arts. 33, 39 y concs. de la ley citada, y considerando la tarea cumplida en el incidente resuelto a Ts. 383, se fija la retribución del doctor Santiago Bargalló Beade en la suma de dos mil ochocientos pesos ($ 2.800); los del doctor EduardoP.

Molinero en la de ochocientos pesos ($ 800) y los de la doctora Claudia Graciela Reston en la de trescientos pesos ($ 300).

Asimismo, se regulan los honorarios de los peritos únicos designados de oficio: ingeniero civil Alberto Pinasco en la suma de un millón ciento cincuenta y siete mil pesos ($ 1.157.000) por el trabajo realizadoafs. 640/685, 745/774, 775/778, 7801785, 800/807, 839/840 y 829/833; contador Ricardo Karpovich en la deun millón ciento cincuenta y siete mil pesos ($ 1.157.000) por el trabajo realizado a fs. 704/ 744 y 796/ 799; e ingeniero industrial Luis Enrique Galardi en la de un millón ciento cincuenta y siete mil pesos ($ 1.157.000) por el trabajo de fs.

918/946, 959/969 y 971/9727; y los delos consultores técnicos del Estado Nacional: Enrique Luis Mantel, Luis Alfredo Deniro y César Jaime Díaz en las sumas de doscientos ochenta y nueve mil trescientos pesos $ 289.300), doscientos ochenta y nueve mil trescientos pesos $ 289.300) y quinientos setenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta pesos ($ 578.450), respectivamente.

Por la labor desarrollada en el incidente de beneficio de litigar sin gastos resuelto a fs. 186/187 (inc. 2), sefija la retribución de los doctores Maximino Daniel Braga Rosado, Eduardo Merthehikian y Domingo Luis Zavala, en conjunto, en la suma de treinta y cuatro mil setecientos pesos ($ 34.700) y los del perito contador Ricardo Karpovich, por el trabajo realizado a fs. 48/51, 60/62 y 176/176 vta. del referido incidente, en la suma de treinta y cuatro mil setecientos pesos $ 34.700).

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:2987 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-2987

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