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Fallos: 322:25 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

INCORPORACION A LA OBRA SOCIAL DEL PODER JUDICIAL.
—N? 495Buenos Aires, 7 de mayo de 1999.

Visto y considerando: .

Que el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires ha solicitado que se autorice la incorporación de los magistrados, funcionarios y empleados de ese tribunal a la Obra Social de este Poder Judicial.

Que a los fines de ponderar la procedencia de lo peticionado se le requirió que remitiera el listado de los posibles beneficiarios, con el nivel de sus remuneraciones, y composición de los grupos familiares; ese detalle obra agregado a fs. 6/7.

Que del informe efectuado por la Obra Social surge que la medida propuesta es conveniente para esa institución, ya que el nivel de las retribuciones del personal que podría incorporarse es superior al promedio de las que perciben los actuales afiliados a ese organismo (ver informe a fs. 10). En consecuencia, ha aconsejado la suscripción de un convenio; y las condiciones del respectivo proyecto han sido aceptadas por el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires (ver convenio a fs. 10/11 y oficio a fs. 41).

Que con arreglo al proyecto propuesto, los integrantes del Tribunal Superior de la Ciudad de Buenos Aires recibirán la cobertura del sistema de la Obra Social de este Poder Judicial en las mismas condiciones que el resto de sus afiliados; los derechos y deberes de los nuevos afiliados se ajustarán a las disposiciones estatutarias y reglamentos vigentes en ese organismo. Ambas partes tendrán facultades de rescindirlo sin expresión de causa, previa notificación con la antelación prevista; y la Obra Social estará facultada para suspender la cobertura en el supuesto de no cumplirse en término con el pago de las cuotas estipuladas (todo ello conforme cláusulas primera, quinta, sexta y séptima).

Por ello, y teniendo en cuenta que de acuerdo con el Estatuto de la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, aprobado por la Acordada N° 43/81, le corresponde a este Tribunal la aprobación previa de aquellos proyectos o actos cuya trascendencia económica o social sea manifiesta (art. 17, inc. e).

Se resuelve: - .

Autorizar al señor Administrador General de esta Corte Suprema a suscribir con el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires el convenio de adhesión al sistema de la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, de acuerdo con el proyecto que obra'a fs. 10/11, por un plazo de tres (3) años.

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:25 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-25

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