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Fallos: 321:25 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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peo 25 Por ello, Acordaron:

Aprobar el Reglamento para la elección de los jueces que compondrán el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento (°) que, como anexo, forma parte integrante de la presente.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí que doy fe.— JuLIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — CARLos S. FAYr — AUGUSTO C£sar BELLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACcHI — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. Lórez — Gustavo A. Bosserr — ApoLro ROBERTO VAzauez — Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General).


CONSEJO DE LA MAGISTRATURA. ELECCIONES.
NN? 15En Buenos Aires, alos 28 días del mes de abril del año mil novecientos noventa y ocho, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor Don Julio S. Nazareno y los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:

Que el art. 33 de la ley 24.937, modificado por el art. 1° de la ley 24.939, encomienda al Tribunal la organización delas primeras elecciones de los jueces que compondrán el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento, lo que exigió regular por medio de la Acordada 14/98 el procedimiento a seguir para la realización de esos comicios.

Que el mismo artículo de la ley 24.939 dispone que esas elecciones deberán efectivizarse dentro del plazo de ciento ochenta días a contar del seis de enero del corriente año.

Queel art. 12 del reglamento dictado, prescribe, a su vez, que la convocatoria sea efectuada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación con sesenta (60) días de anticipación a los comicios.

Por ello, Acordaron:

Convocar ala elección de los jueces que com pondrán el Consejo dela Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento para el día veintinueve (29) de junio próximo.

°) Publicado en pág. 15.

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:25 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-25

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