2?) Que en esta instancia, el señor Procurador General, en ejercicio del control que le compete del fiel cumplimiento de las leyes y reglas del procedimiento, pidió la entrega del requerido (fs. 1524/1538) y la defensa presentó el memorial correspondiente solicitando el rechazo del pedido de extradición (fs. 1598).
3") Que por nota verbal N° 385, del 19 de abril de 1993, la Embajada de Italia solicitó el arresto provisorio con fines de extradición del ciudadano italiano Augusto Cauchi con fundamento en el art. 15 del tratado de extradición entre ambos países, por las órdenes de encarcelamiento N° 185/88 (fs. 575/576), emitida el 19 de agosto de 1988 por la Fiscalía General del Tribunal de Florencia para la expiación de una condena de siete años y seis meses de reclusión, según sentencia de la Corte de Assise de Apelación de Florencia, I sección, de fecha 8 de junio de 1987 (fs. 723/765); N° 229/91 (fs. 579/580) emitida por la Fiscalía General del Tribunal de Florencia el 23 de septiembre de 1991 para el cumplimiento de una pena de dos años de reclusión según sentencia del 2 de diciembre de 1989 de la Corte de Assise de Apelación de Florencia, Sala II (fs. 596/722) y N° 286/78 (fs. 577/5778) emitida el 24 de mayo de 1991 por la Procuraduría General de Florencia para la expiación de la pena de cinco años de reclusión.
4) Que, hecho efectivo el arresto, la República de Italia hizo el formal pedido de extradición, por nota verbal N° 582 del 26 de mayo de 1993, para el cumplimiento de las condenas que motivaron las tres órdenes mencionadas en el considerando anterior.
5) Que los antecedentes acompañados por la República de Italia para fundar el pedido referido a la orden de encarcelamiento N° 185/88 dan cuenta de que la condena contra Cauchi recayó por integrar una asociación subversiva a la que le habrían sido atribuidos una serie de atentados contra edificios públicos y privados que se verificaron en la Italia centro-septentrional entre marzo y julio de 1974. Los hechos fueron descriptos a fs. 775/795 y constituyeron una serie de atentados mediante bombas atribuidas a "Il Grupo l'Ordine Nero" y que estallaron en: la agencia del periódico "Corriere della Sera" (Milán, 13 de marzo de 1974), en el Instituto Científico "Vittorio Veneto" (Milán, 15 de marzo de 1974), en la Casa del Popolo donde tenían sus sedes el P.C.Iyel A.R.C.I. dejando un mensaje a nombre del "Grupo per lOrdine Nero, sezione L. F. Celine" (23 de abril de 1974, Moiano, localidad Citta della Pieve en Perugia), en las oficinas de recaudación municipal, en la Federación del P.S.I. Sede de la sección de la Juventud Socialista
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1957
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