una deuda que se encuentra en discusión— se le ordene que se abstenga de hacerlo o, en su caso, restablezca el servicio de inmediato.
1 Tanto la titular del Juzgado Nacional en lo Civil N° 48, como el señor Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N%1 dedararon su incompetencia a fs. 45 y 49, respectivamente.
Devueltos los autos a la jueza que previno, los remitió a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que resolvió enviarlos, a su vez, a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (fs. 61) para el sorteo del juzgado que habría de intervenir.
Por último, la Jueza a car go del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 8 también decidió declararseincompetente a fs. 67.
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En tales condiciones, quedó trabado un conflicto de competencia que corresponde a la Corte dirimir en los términos del art. 24, inc. 72 del decreto-ley 1285/58.
1 Cabe señalar que, alos fines de resolver cuestiones de competencia, se ha de tener en cuenta en primer lugar la exposición de los hechos que el actor hace en su demanda y después, sólo en la medida en que se adecue a ellos, el derecho que invoca como fundamento de su pretensión (confr. Fallos: 303:1453 , 1465; 306:1056 y 308:2230 , entre otros).
Alaluz de tal doctrina, observo en primer término que la pretensión del actor sehalla regida por el decreto 999/92 que, entre sus objetivos, fija el de "proteger adecuadamente los derechos, obligaciones y atribuciones de los Usuarios, del Concedente, del Concesionario y del Ente Regulador" (art. 3, inc. d).
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:47
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