concluyó como consecuencia del desistimiento efectuado por los ejecutantes ante el pago del crédito que se reclamaba realizado por el obligado principal.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario. . . .
Resulta extemporáneo el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 13 de la ley 6716 (t.o. según art. 5 de la ley 10.268) y 7 de la ley 8480 de la Provincia de Buenos Aires'si los recurrentes nada invocaron en tal sentido cuando respondieron el traslado de la revocatoria deducida por el actor, que había requerido concretamente la aplicación de dichas normas para el desglose de la contestación de la demanda, y sólo lo introdujeron en la oportunidad de deducir los recursos de inaplicabilidad de ley e inconstitucionalidad.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.
Las decisiones dictadas durante el trámite de regulación de honorarios no constituyen sentencia definitiva en los términos del art. 14 de la ley 48, ya que los posibles agravios de naturaleza federal son susceptibles de conocimiento por el Tribunal en ocasión del recurso extraordinario contra el pronunciamiento regulatorio del caso.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
Los arts. 13 de la ley 6716 (t.o. según art. 5 de la ley 10.268) y 7 de la ley 8480 de la Provincia de Buenos Aires sólo prevén —ante la falta de presentación del depósito en favor de las cajas previsional y profesional correspondientes a los letrados- el mandato para el juez actuante de no dar trámite alguno a las peticiones formuladas con esa omisión, sin que de dichas normas se desprenda que corresponda el desglose de la pieza respectiva para su devolución a la parte (Disidencia del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
La decisión que dispuso desglosar la contestación de demanda presentada por la demandada no resulta fundada en los arts. 13 de la ley 6716 (t.o.
según art. 5 de la ley 10.268) y 7 de la ley 8480 de la Provincia de Buenos Aires y afecta los intereses de dicha parte, que no se encontraba obligada al pago de las cargas previsionales y profesionales atinentes exclusivamente a los respectivos abogados (Disidencia del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2741 
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