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Fallos: 320:2465 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL. . . .
En el sistema legal vigente la remuneración base para determinar el salario mínimo vital y móvil no ha sido fijada mediante acto unilateral del Poder Ejecutivo ó de otro organismo habilitado para ello sino que refleja el acuerdo de las partes colectivas sobre el punto.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Apartamiento de constancias de la Es arbitraria la sentencia que dispuso la inaplicabilidad del tope previsto .

en el art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo —cuya inconstitucionalidad declaró- si el a quo soslayó la resolución del Ministerio de Trabajo 65/92, y no advirtió que calculando el monto indemnizatorio según las directivas de la mencionada norma, la cifra que arroja no produce lesión alguna a la propiedad tutelada en el art. 17 de la Constitución Nacional.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes. .

Debe dejarse sin efecto la sentencia que declaró la nulidad del despido de los actores y dispuso el pago de los salarios caídos, si omitió considerar diversas alegaciones que la demandada había vertido a lo largo del proceso y que eventualmente serían conducentes para la resolución de la causa.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA .
BuenosAlires, 10 de diciembre de 1997.

Vistos los autos: "Villarreal, Adolfo e/ Roemmers s/ cobro de salarios". .

Considerando: .

19) Que la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, al modificar, por mayoría, la sentencia dictada en primera instancia, hizo lugar a la demanda de diferencias de indemnización por despido y, a efectos de determinar el monto de la reparación, dispuso

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2465 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-2465

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