CAUSA XCVII
PP Dolores €. de Urquiza, contra la Provincia de Entre-lros por mejor derecho ú un campo; sobre competencia.
Sumario. — La Suprema Corte no es competente para conocer en la demanda deducida sobre mejor derecho á un campo, contra una provincia que no tiene sobre dicho campu derecho alguno de propiedad ó posesion.
Caso, — Se esplica en el fallo de la Suprema Corte,
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENENAL
Suprema Corte:
La incompetencia de V. E. en este caso, por razon de las per= sonas, es á mi juicio, á todas luces evidente, La cuestion sobre mejor derecho al sobrante que pudiera existir en los terrenos denominados «Rincon de Urquiza», remonta ú 1872.
Compartir
75Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1887, CSJN Fallos: 32:69
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-32/pagina-69
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 32 en el número: 69 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos