notificada que sea esta resolucion á los interesados, se pase este espediente al señor Contador interventor, para que practique la liquidacion y haga la adjudicacion de los valores declarados en comiso, de conformidad á lo dispuesto por el artículo 1030 de las ordenanzas de Aduana. Repónganse los sellos.
Evaristo Moreno Fallo del Juez Federal Paraná, Octubre 19 e 1586, Y vistos : estos autos traidos en apelacion, de la resolución del administrador de rentas de Concordia por los señores Gerúnimo Sanguinetti, y la razon social Sanguinetti y Giavi, representada por el procurador D, Agustin Amestoy y de losque resulta : 1° Que enla tarde del 14 de Agosto último, el buque paraguayo Lavagna Primera que navegaba de Montevideo ú Concordia, por órden de su capitan, amainó velas y dió fondo á dos leguas antes de llegar al puerto de su destino, poco más abajo del lugar denominado Barra del Y uquerí Grande, ú horas cuatro y media de la tarde. (Declaraciones del capitan y marineros del buque, corriente ú f...) 2" Que el buque, lejos de sufrir averías durante el viaje, se encontraba en perfecto estado de navegabilidad, y tenía viento favorable para poder llegar al puerto de su destino, siendo por lo tanto un acto voluntario del capitan su fundeo. (Declaraciones citadas é inforines del capitan de la goleta Mosita de la Concordia, D. Constantino Costa, y del Gefe del Resguardo D.
Martin Alma, f. 9).
3 Queal anochecer de ese día, el capitan del buque bajó á tierra, regresando poco despues ú bordo acompañado de otra
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Año: 1887, CSJN Fallos: 32:44
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