Falle del Juez Federal Buenos Aires, Mayo 11 de 1887.
Y vistos: Atentolo solicitado en el escrito de foja 20, y lo espuesto en el precedente, déjase sin efecto la inhibicion decretada á foja 9 vuelta, é inscríbase en el registro respectivo solo por mil varas contíguas al terreno de propiedad de la demandante, Tedin.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Enero 14 de 1888.
Vistos : Atenta la estension de terreno reclamada en la demanda, se reduce la inhibicion decretada á doscientas treinta varas con diez centésimos, quedando así modificada la resolucion apelada. Repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN VICTORICA. — ULADISLAO
FRIAS.— FEDERICO IBARGÚREN.—
C. 5. DE LA TORRE. — SALUSTIANO
J. ZAVALIA.
Compartir
49Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1887, CSJN Fallos: 32:386
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-32/pagina-386
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 32 en el número: 386 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos