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Fallos: 32:219 de la CSJN Argentina - Año: 1887

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Faile de la Suproma Corte Buenos Aires, Octubre 11 de 1887.

Vistos: Resultando de los antecedentes de autos que el delito de que se trata ha sido cometido en tierra firme, fuera de la línea de las aguas, se declara que el Juez competente para conocer en esta causa es el de primera instancia de Santa Té.

Remítanselo en consecuencia los autos, y avísese al Juez de Secde Entre Rios,
BENJAMIN VICTORICA.— ULADISLAO

FRIAS. — FEDERICO IBARGÚREN-
—C.8. DELA TORRE. — SALUS.


TIANO J. ZAVALIA.
CAUSA CXXVIIL
D. Hans Knees, contra el Intendente municipal D. Toreuato de Alvear, por daños y perjuicios ; sobre personeria Sumario. — El Procurador de la Municipalidad no tiene personería para representar al Intendente municipal en las demandas deducidas contra él individualmente.

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Año: 1887, CSJN Fallos: 32:219 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-32/pagina-219

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