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Fallos: 318:850 de la CSJN Argentina - Año: 1995

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LA PLATA REMOLQUES S.A..v. PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DEPRECIACION MONETARIA: Indices oficiales. .

Si la actualización se practica hasta el 1 de abril de 1991 (art. 8? de la ley 23.982) corresponde tomar como índice base el del mes anterior a cada pago y, como último, el del mes de marzo de dicho año a fin de contemplar la desvalorización de la moneda habida desde el 1° de marzo hasta dicha oportunidad. ° .


HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES.
Los intereses no integran el monto del juicio a los fines de regular los honorarios de los abogados. .


HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES.
Los intereses integran el monto del juicio a los fines de regular los honora rios de los abogados (Disidencia del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
_ Buenos Aires, 4 de mayo de 1995.

Autos y Vistos; Considerando: 12) Que a fs. 427, por su propio derecho, los letrados intervinientes practican liquidación a fin de que les sean regulados sus honorarios.

2) Que a fs. 433/438 la Provincia de Buenos Aires impugna la liquidación practicada, por las diversas razones que expone en dicha presentación.

3 Que en virtud de que la actualización se practica hasta el 12 de — abril de 1991 (artículo 8? de la ley 23.928), corresponde tomar como índice base el del mes anterior a cada pago y como último el del mes de

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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:850 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-318/pagina-850

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