confr. intervención del diputado Corchuelo Blasco, Diario de Sesiones — Cámara de Diputados, 27 de noviembre de 1991, pág. 4834). La misma conclusión surge de las expresiones del diputado Gentile, que se refiere al resarcimiento por arrestos durante el estado de sitio que rigió entre 1975 y 1983 (ibídem, 27 de noviembre de 1991, págs. 4835 y 4836).
7) Que, en tales condiciones, el ejercicio de la facultad reglamentaria mediante la definición del ámbito personal de aplicación que efectúa el tercer párrafo del artículo 3° del decreto 1023/92, no altera la sustancia de los derechos otorgados por la ley 24.043 ni introduce restricciones ajenas a su espíritu. Por el contrario, resulta perfectamente compatible con la voluntad política que se plasmó en la ley y que se revela en todos los actos que la precedieron. ° 83) Que, por lo demás, la precisión reglamentaria no ha violentado la garantía del art. 16 de la Constitución Nacional, toda vez que el legislador puede contemplar en forma distinta situaciones que considera diferentes, con tal de que, como ocurre en el sub lite, no efectúe una discriminación arbitraria (Fallos: 300:1049 entre otros).
Por ello, se declara admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia de fs. 48/49. Costas por su orden en virtud de las razones que motivaron su distribución de igual modo en la instancia anterior.
Notifíquese y devuélvase.
JuLio S. NAZARENO — EnuaRDO MoLIn£ O'Connor — CarLos S. FAYr — AUGusTo CÉsar BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. Lórez. THE COCA COLA COMPANY y OTROS ° RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. .
Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento. N Lajurisdicción de los tribunales de segunda instancia está limitada por el alcance de los recursos concedidos que determinanrel ámbito de su competencia decisoria,
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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:1711
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