FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de agosto de 1995.
Vistos los autos: "Torres, Ramona y otros c/ Luis Solimeno y otros s/ indemnización por muerte".
Considerando: .
19) Que la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata modificó la sentencia de primera instancia y acogió parcialmente el reclamo de indemnización por daños y perjuicios fundado en el derecho común. Respecto del armador, rechazó la pretensión de créditos laborales y lo exoneró de responsabilidad por el fallecimiento de un tripulante del buque pesquero "San Francisco". En cuanto a la compañía aseguradora, mantuvo la condena de la anterior instancia en los límites de la cobertura por accidentes del trabajo.
Contra dicho pronunciamiento, la parte actora compañera e hijos del cocinero del buque- interpuso el recurso extraordinario cuya denegación motivó la queja en examen.
También la empresa aseguradora interpuso recurso extraordinario (fs. 357/369), que fue concedido en lo concerniente a la actualización monetaria del capital de condena.
29) Que para así resolver el a quo, mediante el voto de la mayoría, consideró que en el ámbito de la "pesca costera" no existía relación de dependencia entre los tripulantes y el armador. A tal efecto, ponderó - N circunstancias referentes al desarrollo histórico de esa actividad y el modo en que se distribuyen los beneficios. Agregó que "la existencia de un salario básico de convenio" es "materia fundamental de todo tipo de contrato de trabajo por cuenta ajena" y que "la asunción de un riesgo para poder cobrar, no es compatible con la legislación laboral típica ni con la pesca de altura, donde se asegura —contrato de ajuste de por medio- de un mínimun de salario". Desde tal perspectiva, quedó descartada la procedencia de los créditos laborales.
Respecto del accidente, señaló que no correspondía responsabilizar al armador o dueño del buque, porque el "riesgo de la cosa" se debió a que fue utilizada —"sin autorización o contra la voluntad presunta" de
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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:1423
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