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Fallos: 317:2046 de la CSJN Argentina - Año: 1994

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causa T.209.XXII "Tarifeño, Francisco s/ encubrimiento en concurso ideal con abuso de autoridad", resuelta el 28 de diciembre de 1989).

Por ello, se resuelve: declarar la nulidad del fallo de fs. 764/798 y de los actos procesales dictados en su consecuencia. Acumúlese al principal y devuélvase a su origen para que se prosiga con la tramitación de la causa conforme a derecho. Reintégrese el depósito de fs. 154 y hágase saber. .

JuLIo S. NAZARENO — EDUARDO Moni O'Connor — AUGUSTO Csar BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — RICARDO LEVENE (H) — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. Lórez.

FLORENCIO MONZON

LEGITIMACION. . ,
La carencia de legitimación sustancial se configura cuando alguna de las partes no es titular de la relación jurídica sustancial en que se basa la pretensión, con prescindencia de que ésta tenga o no fundamento.

LEGITIMACION.
Los periodistas, que están facultados para solicitar ante los tribunales de justicia —con fundamento en los arts. 63, inc. e), del Reglamento para la Justicia Nacional y 103, in fine, del Reglamento para la Jurisdicción en lo Criminal y Correccional dela Capital Federal-1la autorización para estudiar y fotocopiar los expedientes, se encuentran legitimados para impugnar la denegación de dicho pedido ante la cámara de apelaciones. .

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantias. Defensa en juicio. Principios generales. .

Esviolatorio del art. 18 dela Constitución Nacional, en tanto deniega al recurrente su derecho de ocurrir ante los tribunales en procura de una decisión respecto del alcance de sus derechos, el pronunciamiento que desconoció el carácter de "parte" en el proceso a un periodista que si bien no era parte en el proceso penal,

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:2046 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-317/pagina-2046

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