la condena sin que el procesado o condenado deba estar siempre presente en el lugar donde pudo haberse cometido el delito (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano).
DETENCION DE PERSONAS.
La nulidad de la detención y de los actos que son su consecuencia por tener por antecedente un acto contrario a derecho de gentes, no lleva necesariamente ala nulificación total de las actuaciones, si obran en la causa elementos que permitan afirmar que las autoridades de ejecución de la ley han tomado conocimiento de los hechos por una vía independiente de la viciada de inconstitucionalidad Disidencia del Dr. Antonio Boggiano).
DETENCION DE PERSONAS.
La nulidad de la detención y de los actos que son su consecuencia por tener por antecedente un acto contrario al derecho de gentes —expulsión de los procesados del territorio brasileño y entrega a las autoridades argentinas en violación al tratado de extradición— sólo implica que debe ponérselos en situación de libertad que les permita decidir dentro de un plazo razonable, si permanecerán en territorio argentino o si saldrán de él. Si optasen por permanecer en el territorio, no habrá obstáculo para proceder en su contra (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano).
DETENCION DE PERSONAS.
También los delincuentes tienen un derecho humanoa no ser detenidos arbitrariamente (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano).
EXTRADICION: Extradición con países extranjeros. Procedimiento.
El Estado extranjero que debiera haber sido requerido puede, antes o después, consentir o dar su aquiescencia respecto de una invasión de su territorio o aún cooperar con una detención, pero no puede disponer de los derechos de la persona que debió haber sido requerida según los procedimientos de un tratado de extradición (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de entrar, permanecer, transitar y salir.
La libertad de "entrar (al) ... territorio argentino" (art. 14 de la Constitución Nacional) significa que nadie puede ser obligado contra su voluntad a ingresar
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:572
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