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Fallos: 316:1803 de la CSJN Argentina - Año: 1993

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inequívoco acatamiento que fija la improcedencia de impugnación posterior con base constitucional— mediante el recurso extraordinario.

RETIRO MILITAR.
Debe confirmarse la sentencia que rechazó la demanda deducida por un teniente coronel retirado contra el Estado Nacional, tendiente a obtener el reintegro de los haberes adeudados por la aplicación de la ley 21.350 -modificada pora ley 22.480-y el decreto 236/83 puesla voluntaria aceptación del actor del descuento del 25 de sus haberes y, además, la opción que efectuó por los haberes en la sociedad estatal en que fue designado (CEAMSE) sin formular protesta alguna, implicó la manifestación voluntaria de hallarse comprendido en las leyes mencionadas, razón que impedía su posterior impugnación.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de agosto de 1993.

Vistos los autos: "Bidone, Guillermo Jaime c/ Estado Nacional Ministerio de Defensa Nacional) s/ cobro de australes".

Considerando: - . 11) Que la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia de la anterior instancia y, en consecuencia, rechazó la demanda deducida por el Teniente Coronel (R) Guillermo Jaime Bidone contra el Estado Nacional (Ministerio de Defensa Nacional) tendiente a obtener el reintegro de los haberes adeudados por la aplicación dela ley 21.350 -modificada por la ley 22.480- y el decreto N° 236/83. Contra el pronunciamiento la vencida interpuso recurso extraordinario que fue concedido a fs. 209/ 209 vta.

21) Que para así resolver el a quo tuvo en cuenta la voluntaria aceptación del actor del descuento del 25 de sus haberes y, además, la opción de éste por los haberes en la sociedad estatal en que fue

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:1803 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-316/pagina-1803

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