DEPRECIACION MONETARIA: Principios generales.
El acogimiento de la desvalorización monetaria de los honorarios y gastos especiales desde el nacimiento de la deuda, importaría agravar las prestaciones a cargo del Estado Nacional, si éste tiene que afrontar las consecuencias derivadas de la conducta discrecional y de la negligencia de su acreedor, que asumió espontáneamente la tarea de liquidar sus honorarios y difirió su cumplimiento frente a acontecimientos que le imponían obrar activamente para el resguardo de sus derechos.
CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS.
Los honorarios del arquitecto no corresponde sean calculados sobre —el valor real de la obra-, si el Estado desistió de la realización de los trabajos, por lo que no existió recepción definitiva de la obra-, lo que constituía, según el contrato, condición necesaria para que el reajuste sobre el —osto total y definitivo—pudiera invocarse válidamente por el profesional.
LOCACION DE OBRA.
El desistimiento de obra constituye un caso de rescisión unilateral que se hace efectivo por medio de la inequívoca manifestación de voluntad que en tal sentido efectúa una de las partes, porlo que el derecho la indemnización correspondiente se torna exigible una vez expresada la voluntad de desistir.
ADMINISTRACION PUBLICA. -
El silencio de la Administración no puede considerarse como una manifestación expresa ni tácita de la voluntad, salvo disposición en contrario del orden normativo.
CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS.
La ley 13.064 no prevé la rescisión del contrato por la Administración sin culpa N de la contratista, por lo que es aplicable supletoriamente el art. 1638 del Código Civil.
CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS.
En caso de rescisión del contrato por la Administración sin culpa del contratista, no corresponde aplicar ciegamente la noción de la reparación plena, cuando ello conduce a situaciones abusivas, tales como la del locador que no ha sufrido el perjuicio o lo ha padecido en menor medida que aquella que se desprendería de
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:1026
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