INTERESES: Liquidación. Tipo de intereses. . A partir del 1° de abril de 1991, y hasta el efectivo pago, los intereses deben ser calculados según la tasa que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones ordinarias de descuento (Disidencia parcial de los Dres. Augusto César Belluscio y Enrique Santiago Petracchi).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 1 de diciembre de 1992.
Vistos los autos: "Pose, José Daniel c/ Chubut, Provincia del y otra s/ daños y perjuicios", de los que Resulta:
1) A fs. 43/52 se presenta por medio de apoderado José Daniel Pose e inicia demanda contra la Municipalidad de Puerto Madryn y la Provincia del Chubut. .
Dice que alrededor de las 20 del día 6 de diciembre de 1988 y en oportunidad de practicar natación con un compañero de estudios en las playas vecinas a la zona céntrica de la ciudad de Puerto Madryn, llegaron a la altura de una de las varias torres existentes en el mar que fueron construidas por la municipalidad local a unos cien metros aproximadamente de la rambla. Esas estructuras contaban, al momento del hecho que motivó la demanda, con dos plataformas ubicadas a distinta altura con un trampolín en su parte superior que eran usadas por los bañistas locales.
Esas torres, continúa, fueron levantadas en lugares de la playa que en cierta época del año y durante una parte del día quedan totalmente fuera del agua pues el mar se retira hasta aproximadamente una distancia de unos 30 metros de éstas y a veces más. Su estructura consiste en caños de metal de una altura de más o menos cinco metros con cincuenta centímetros.
Una vez llegado a una de las torres, el señor Pose se arrojó varias veces al mar desde la primera de las plataformas, que tenía una altura de alrededor de dos metros y nadó a su alrededor. Después de unos quince minutos de conversación con su compañero en la plataforma mencionada
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:2836
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