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Fallos: 314:968 de la CSJN Argentina - Año: 1991

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1 1.1 Sección Federal" 1.2 Sección Comercial 1.3 Sección Trabajo 1.4 Sección Seguridad Social 2. Departamento de Antecedentes Judiciales en lo Penal 2.1 Sección Instrucción 2.2 Sección Sentencia 2.3 Sección Criminal 2.4 Sección Penal Económico 3. Departamento de Antecedentes Judiciales en lo Civil 3.1 Sección Sucesorio 3.2 Sección Familia 3.3 Sección Contradictorio y Derechos Reales 4. Departamento de Administración 4.1 Sección Personal, Contable y Economato 4.2 Sección Encuadernación 4.3 Oficina destrucción de expedientes 5. Departamento de Registro de Juicios Universales 5.1 Sección inscripción denuncias civiles 5.2 Sección inscripción denuncias comerciales 6. División Archivo Corte Suprema de Justicia 7. División Sala de Consultas . .

8. Sección Mesa de Entradas 9. Sección Archivo Administrativo Judicial" ART. 9") El Archivo del Poder Judicial de la Nación queda autorizado para entregar expedientes seleccionados para destruir de conformidadal régimen legal establecido (arts. 17, 19, 20 y 23 del decreto-ley 6848/63, ratificado por ley 16.478) directamente al Patronato de Liberados de la Capital Federal, én las condiciones indicadas en la resolución N" 377/85 expediente 5.S.A. 1210/81".

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:968 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-314/pagina-968

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