Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mf, que doy fe.-— RICARDO Lavene (ti) — MARIAno AUGUSTO CAVAONA Martinez — Ronotro C. Barra — Carios S. FAYr — Auousto C£sar BaLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETrACCII — Juuto S. NAZARENO — ANTONIO BOGciano — Claudio Marcelo Kiper (Secretario).
DIA INHABIL.
—N"2— En Buenos Aires, a los 5 días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y uno, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron: Que la forma irregular en que han funcionado los Tribunales Nacionales y Federales, requiere tomar medidas que eviten perjuicios a los litigantes.
Por ello, Acordaron:
Declarar el día 30 de octubre del corriente año, inhábil para los Tribunales Nacionales y Federales del país, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos que no hubiesen sido actuados en rebeldía.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mf, que doy fe.— MArIano Augusto CAVAGNA MARtínez — CARtosS. FaYr — AUGUSTO César BELLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI— Robozro C.
Barra — Juuro S. NAZARENO — EDUARDO Mou O'Connor — Antonio Bocotano — Claudio Marcelo Kiper (Secretario). - . t
Compartir
66Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
Año: 1991, CSJN Fallos: 314:964 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-314/pagina-964¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 314 Volumen: 2 en el número: 42 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
