AUTOMOVILES SAAVEDRA S.A.C.LF. v. FIAT CONCORD S.A.LC.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.
El recurso extraordinario no se dirige contra la sentencia definitiva, si versa sobre agravios idénticos a los que dieron motivo al pronunciamiento posterior de la cámara en ocasión de resolver una aclaratoria (1).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Trámite.
Corresponde diferir el tratamiento del recurso extraordinario, si un pronunciamiento actual dela Corteresultaría prematuro, pues la decisión de la cámara impugnada subordinó la suerte de la pretensión al resultado de un pronunciamiento que aun no se ha dictado.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen.
Resulta inhábil para provocar la apertura de la instancia extraordinaria, por sustentarse en consideraciones de carácter hipotético o meramente conjetural, el gravamen consistente en un posible y futuro desconocimiento del crédito emergente de una sentencia (2).
RUBEN EMILIO MAZA -
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Cuestiones de competencia.
Es equiparable a sentencia definitiva la resolución que deniega la intervención del fuero federal.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia militar. .
Uno de los fines sustanciales de la reforma al art. 108 del Código de Justicia Militar introducida por la ley 23.049, ha sido el de restringir la competencia militar a los delitos de tal naturaleza, excluyendo de esa jurisdicción a los delitos comunes en tiempo de paz.
1) 20 de agosto. Fallos: 302:271 .
2) Fallos: 305:1962 .
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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:853
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