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CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Generalidades.
El Estado no tiene porqué "proteger de sf mismo" al individuo capaz que se comporta de una determinada manera ni al que recibe la información de esc comportamiento Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
LEY: Interpretación y aplicación. Tluminados por el espíritu liberal del cual nuestra Constitución es directa depositaria, conceptos como "bien común" y "buenas costumbres" (arts. 33 y 953 del Código Civil) debensecinterpretados conformealos derechos de asociación y libreexpresión:
art 14 de la Constitución Nacional (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
CONSIITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de asociación.
Sólo cuando esté comprobado fehacientemente que el ejercicio de los derechos de asociación y expresión interfiera directamente en la legítima libertad de un tercero, ocasionándole un daño concreto, podrá válidamente la autoridad estatal restringir su ejercicio, lo cual no ha de verse como una negación de la libertad, sino como su más efectivo resguardo (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.
Una discriminación fundada en la diversidad de ciertos comportamientos sexuales en el caso, los homosexuales- no es inconstitucional porque sea inválida cualquier distinción sobre esa base, sino porque dicha discriminación resulta inequitativa al ser sólo justificable por remisión a las aparentes preferencias de la mayoría (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
CONSTITUCION NACIONAL: Principios generales.
Nuestro sistema constitucional descansa en la tolerancia y su peor enemigo es el absoluto (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Protección integral de lafamilia.
Sibien esinnegable, con arreglo a la Constitución y al ordenamiento legal dictado en su consecuencia, el alto concepto institucional que le ha sido reconocido a la familia, ello esinsuficiente para sustentar, so color del mencionado reconocimiento, cualquier limitación deotros derechos -comoel de asociación- que también han sido protegidos por la misma Ley Fundamental (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de expresión.
Desde el punto de vista constitucional no se infiere agravio a nadie -persona o institución- porel sólo hecho de sostener y expresar unaidea, cualquiera fuera el color
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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:1543
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