Palacio de Justicia, sean conducidos por extraños o por personal judicial o policial, en las condiciones indicadas en el art, 39 de la resolución 734/88.
N Regístrese y comuniquese. - Avoust Cesar Beriuscio - Cartos S. FAYr - Joroe ANTONIO
Bacqut.
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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:815
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