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Fallos: 313:634 de la CSJN Argentina - Año: 1990

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ESTEBAN ULISES CEPEDA y otros v. SERVICIOS ELECTRICOS
DEL GRAN BUENOS AIRES S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias.

Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que estableció que el monto de condena por diferencias de Salarios resultaría del informe que ordenó realizar al perito contador de acuerdo a las pautas fijadas en sus considerandos, sino es posible percibircuales han sidolos parámetros utilizados, ola actividad procesal de las partes tenida en consideración para establecer el monto al que en definitiva condena 1) RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias.

Principios generales.

La circunstancia de juzgar "equitativo" o "razonable" la aplicación de un convenio, no constituye adecuado sustento de una decisión judicial (2).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias.

Principios generales.

Es condición de validez de los fallos que ellos sean una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa, presupuesto que impide invocar meras razones de equidad a fin de imponer una condena, máxime cuando la decisión se sustentó en la mera posibilidad de que hubiera diferencias de salarios y aún cuando no las hubiera (3).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias.

Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que, en desmedro de una adecuada hermenéutica de las nomas en juego, se ha sustentado con argumentos sólo aparentes y autocontradictorios, y ha condenado al pago de sumas que deberían calcularse en el futuro, sobre la base de una metodología cuya corrección y procedencia no se desprende en absoluto de las argumentaciones desarrolladas en abstracto, esto es, con total prescindencia de Jas constancias de la causa.

1) 31 de julio.

2) Causa: "Pochiero, Francisco y otros c/ Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires S.A." del 29 de marzo de 1990.

3) Fallos: 308:914 ,

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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:634 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-313/pagina-634

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