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SIMULACION.
En todo acuerdo simulatorio se insinúa una finalidad de ocultar la realidad, sea la verdadera naturaleza del negocio, sea su inexistencia: si esa finalidad es inocente, la simulación es lícita; mássitiendea violar laley operjudicaraterceros, es ilícita (ar1.957 y 958, in fine, Código Civil).
SIMULACION.
Las diversas circunstancias que ela quo presentó en su sentencia como "indicios" inequívocos de haberse consumado una simulación, deben ser confrontadas con los hechos cuya omisión se ha señalado a los efectos de establecer si mantienen aquella condición.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias.
Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.
Es descalificable la sentencia que, necesariamente debióexaminarla capacidad neutralizante de los contraindicios y, al no hacerlo, carece de fundamento, para sustentar la existencia de una finalidad tendiente a transgredir o eludir disposiciones que no existían al momento en que se otorgó el acto jurídico que se pretende simulado. Ello es así porque, en tales condiciones, nia amistad entre las paites, ni su pertenencia a la misma comunidad religiosa, nila abstención del acreedor de ejecutar la deuda por un saldo de interés, aparecen susceptibles, por sí solos, de apoyar un juicio concluyente acerca de una concertación ilícita.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 3 de abril de 1990.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por los actores en la causa Appliance S.A. c/ Otero, Osvaldo Daniel; Díaz, Héctor Rubén y Abelcira, Alberto".
para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1) Que contra la sentencia dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico (Sala IT), confirmatoria de una resolución por la cual el Banco Central de la República Argentina aplicó sendas multas a la fima Appliance S.A.
y atres de sus directores a raíz del sumario instruido por infracción al régimen penal cambiario (art. 1°, inc. c, de la ley 19.359, texto según ley 22.338). los imputados dedujeron recurso extraordinario con base en la doctrina sobre arbitrariedad y en la interpretación que estiman correcta de la norma federal aplicada. La denegación de ese recurso dio origen a la presente queja.
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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:399
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