riesgos para la comercialización del producto toda vez que, de lo contrario, habría que atribuir a la actora una conducta contraria a la más elemental buena fe comercial. Por otro lado, el escrito de fs. 304/305 de la prueba demandada y el posterior de fs. 467 destacan la desaparición en gran escala del gas oil por los trabajos de Y. P. F.
23) Que corresponde establecer ahora el monto de la indemnización, sobre cuyos alcances y determinación la parte actora efectuó las reservas de fs. 33/34. En ese sentido, cabe advertir que el reclamo originario del saneamiento de la salina, justificado en las primeras fases del conflicto, perdió significación por su evolución posterior, por lo que—en definitiva—el resarcimiento queda integrado por los daños que se precisan a fs, 651 (alegato de la demandante).
24) Que el renglón más importante del reclamo de la actora lo constituye el perjuicio derivado de la pérdida de stock que el perito Cáceres trata a fs. 213/225 de su informe y cuantifica —midiéndola en toneladas y sobre la base de dos hipótesis de máxima y mínima— a fs. 221/223 (respuesta al punto 5° del pedido de explicaciones). La actora, en su alegato, vuelca esos datos en valores monetarios y, escogiendo lo que llama "posición máxima" (fs. 650) llega a la cantidad de 16.621.414 australes (fs. 650/651 del principal). Pero este rubro encuentra, para su consideración, óbices procesales y de fondo. Entre los primeros, la oportunidad de su introducción, al solicitarse explicaciones al perito Cáceres (fs. 205/206), lo que motivó que cuando éstas se agregaron a la causa, Y. P. F. impugnara sus conclusiones, y entre los segundos, los que se exponen a continuación.
Según el ingeniero Cáceres, la producción potencial de la salina, que fija en un máximo de 855.270 tons. y en un mínimo de 733.110 tons., nunca se alcanza en las cosechas. Los factores que lo impiden son de orden climático o propios del yacimiento y reconocen también aspectos económicos. En particular, las disponibilidades financieras y la rentabilidad son factores determinantes (fs. 11). Por lo general, en Bebedero serealiza una cosecha anual y la decisión del tonelaje a recoger "se hace fundamentalmente en base a los niveles de stock" y a Jas mentadas posibilidades financieras (fs. 12/12 vta.). Lo aleatorio de las cosechas se señala a fs. 13, como también la necesidad de contar con existencias importantes de sal que aseguren el abastecimiento de la planta y la atención del consumo de los clientes (fs. 12 vta.).
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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:225
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