Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 312:1563 de la CSJN Argentina - Año: 1989

Anterior ... | Siguiente ...

Cuarto: Si por necesidades operativas de la Secretaría de Informática de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, se hiciere necesaria la presencia en" la jurisdicción del Tribunal Provincial de los técnicos del Departamento de Sistemas y Procedimientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los gastos de traslado y estadía correrán por cuenta del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe. Como constancia y en prucba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los cuatro días del mes de abril del año 1989.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

58

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1989, CSJN Fallos: 312:1563 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-312/pagina-1563

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 312 Volumen: 2 en el número: 61 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos