FALLO DE LA CORTE SUPREMA -
. Buenos Aires, 27 de julio de 1989.
. Vistos los autos: "Schuster, Julio c/ Administración General de Puertos s/ daños y perjuicios". .
Considerando: .
1) Que contra el pronunciamiento de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal que, al confirmar el fallo de la instancia anterior, rechazó la pretensión resarcitoria contra la Administración General de Puertos por la desaparición y mal estado de las mercaderías importadas por la actora, la vencida interpuso el recurso ordinario de apelación que fue concedido a fs. 359. .
2) Que, según conocida jurisprudencia de esta Corte, para la procedencia del recurso ordinario de apelación en tercera instancia en — causa en que la Nación, directa o indirectamente, revista el carácter de parte, resulta necesario demostrar que el "valor disputado en último término" o sea aquel por el que se pretende la modificación de la condena o "monto del agravio" excede el mínimo legal a la fecha de su interposición (Fallos: 245:46 ; 297:393 ; 302:502 ; entre otros muchos .
precedentes).
3?) Que la actora no ha cumplido con la carga de demostrar tal recaudo en la oportunidad idónea, es decir, al interponer el remedio intentado, por lo que tal falencia obsta a su admisibilidad, circunstancia que corresponde declarar a este Tribunal dadalas amplias facultades de que goza como juez del recurso.
Por ello, se declara mal concedido el recurso ordinario de apelación ' interpuesto a fs. 357. . Cantos S. Farr — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — - JORGE ANTONIO BACQUÉ.
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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:1202
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