628 FALLOS DE LA CONTE SUPREMA a su profesión dependía de qué tipo de drogas, y solicitando, contemporáneamente, la presencia de un abogado. El encargado del interrogatorio le manifestó que estaban haciendo un procedimiento por drogas en el que figuraba el nombre de Giorgi, por lo que los debería acompañar a fin de aclarar su situación. Al volver Giorgi a reiterar el pedido de asistencia letrada recibió como respuesta que desde ese momento .
quedaba detenido. Inmediatamente el grupo se retiró llevándose a Giorgi (confr. declaraciones de fs. 13/17, 56/58 y 501/504 del expediente principal). 7 13) Que, de manera seguida, Sturzembaum se entrevistó con el presidente del Instituto, Capitán Rodríguez, transmitiéndole su preocupación respecto de las circunstancias que rodearon la detención, en especial por la falta de identificación y la llamativa apariencia de ciertos integrantes del grupo de personas que habían llevado a cabo el procedimiento. No obstante, Rodríguez le pidió que se tranquilizase, pues se trataba de una intervención policial que insumiría poco tiempo.
Como Sturzembaum manifestó su intención de hacer la denuncia en la — Subcomisaría de San Martín, Rodríguez ordenó que no se hiciera la denuncia puesto que había intervenido la Policía Federal, y que dejara el asunto en sus manos. Malamud, otro de los testigos de la detención, consideró al igual que Sturzembaum irregular el operativo por lo que también realizó gestiones ante las autoridades del Parque Tecnológico Miguelete afin de que se aclarase la situación de su dependiente. Sanio, por su parte, concluyó de igual manera respecto de la irregularidad del —_.
arresto, habida cuenta de la pluralidad de personas que intervinieron en él, contrastando con la de una sola que se dio a conocer, y porque Giorgi sería únicamente interrogado y, en realidad, acabó deteniéndo selo (confr. declaraciones de fs. 46/47, 57/58, 65/66, 483 y 501/504 del .
expediente principal). Como corolario de los sucesos ocurridos el Insti:
tuto emitió un comunicado dirigido a su personal en el que sostuvo que "lamenta profundamente el hecho acaecido en Miguelete al licenciado Alfredo A. Giorgiy al cual el INTI es totalmente ajeno" (confr. documentación defs. 12 del expediente principal, reconocida por la demandada).
14) Que, aesta altura del discurso, parece claro quea pesar de haber transcurrido más de diez días entre el contacto inicial de Cramer con Pasqualini y la detención de Giorgi, los funcionarios de la demandada no realizaron ninguna averiguación acerca de la legalidad del procedi miento, que no fuese la de contentarse con una exhibición superficial de credenciales de las que no se tomó dato alguno a pesar de la irregula-
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:628
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