haber sido la única autorizada para instalar y poner en funcionamiento la estación de televisión oficial, y en virtud de las facultades de control que se le atribuyen en relación a la referida sociedad del Estado.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia. Causas que versan sobre cuestiones federales, La intervención en el pleito de una provincia, y la materia federal debatida, surten la competencia originaria de la Corte (1).
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal, Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia. Generalidades.
Si participan en la contienda una provincia y también el Estado Nacional, cl caso sólo puede ser decidido por la Corte (2)..
TERCEROS.
Las eventuales consecuencias meramente económicas que podría padecer una agencia publicitaria a propósito del pronunciamiento final de la causa seguida contra una provincia a fin de que cese en la emisión de publicidad comercial en una estación televisiva, no son suficientes para satisfacer el interés jurídico que necesario acreditar para justificar su intervención con apoyo en los arts. 90, inc. 1 y 91 del Código Procesal.
La intervención de terceros en el proceso es de interpretación restrictiva.
PRONAR S. A. M. 1. y C. v. PROVINCIA DE BUENOS AIRES
PAGO. Principios generales.
—. Los pagos efectuados y recibidos sin reserva o disconformidad alguna tienen los efectos liberatorios que les acuerda el segundo párrafo del inciso 3° del art. 505 1) Causa: "Telecor Sociedad Anónima Comercial e Industrial e/ Provincia de Catamarca", del 8 de setiembre de 1988.
2) Causa: "Wilensky, Pedro c/ Provincia de Salta", del 12 de abril de 1988.
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:2722
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