estado de incertidumbre jurídica en su relación con la potestad represiva del Estado Nacional que aquella noticia provocase, y otra resarcitoria integral, dirigida a restablecer la verdad en la opinión pública, para lo cual solicita se condene a la accionada a publicar a su costa la olasrespectivas sentencias a dictarse en diarios de grande y nacional circulación, así como al pago de una suma por daño moral. .
—I— El tribunal a quo, a fs. 668/672, confirmó en todas sus partes la decisión del juez de primera instancia que rechazó ambas pretensiones.
En cuanto a la acción meramente declarativa expresó, en primer término, que la declaración genérica que pretende el actor en orden a que ni él ni los miembros que lo acompañaron en la lista de Automóvil Club Argentino tenía vinculaciones con el terrorismo, carece de legítimo contradictor pasivo, puesto que no puede serlo la editorial demandada, ni en rigor puede tenerlo, dado el alcance "erga omnes" que pretende acordarle.
La sentencia meramente declarativa —dice— debe poder adquirir autoridad de cosa juzgada respecto de la persona ante la cual se la quiere hacer valer; en el caso, sólo podría hacer cosa juzgada frente a ° la editorial, mas no frente al "poder represivo del Estado Nacional".
Por su parte —agrega— nunca la acción declarativa puede utilizar- se a fin de pretender la existencia o inexistencia de un hecho, sino al efecto de otorgarle certeza a la existencia, alcance o modalidades deuna relación jurídica. .
Tampoco la pretensión de la actora —puntualiza— cumple con otro de los requisitos básicos de una acción de tal índole, cual esla presencia' de un daño o perjuicio actual y no, como en la especie, de uno futuro o meramente hipotético. Y en lo que respecta a la demanda resarcitoria, comienza por decir el a quo que tampoco aquí ha comprendido el demandante los alcances reales de los argumentos del fallo de primera instancia. En éste —dice— se hizo hincapié en el incumplimiento de la carga de la prueba relativa a la falsedad del comentario que lo agravia y se concluyó que
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1955
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