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Fallos: 311:1952 de la CSJN Argentina - Año: 1988

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que al hacer lugar al recurso de queja por mora de la administración, impuso las costas al ente previsional, fundada en el art. 11, párrafo 4° de la ley 23.473, sin dar razones adecuadas y suficientes al respecto, en razón de que la intención del legislador fue subordinar la aplicación integral del régimen a la efectiva instalación y funcionamiento de la Cámara Nacional de Apelaciones de la Seguridad Social, por lo que su aplicación por un órgano judicial distinto contraría el espíritu y la finalidad que se tuvo en mira.

SALVADOR MARIA LOZADA v. EDITORIAL AMFIN S.A.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales.

La doctrina de la arbitrariedad es de aplicación restringida, no apta para cubrir las meras discrepancias de las partes respecto de los fundamentos de hecho, prueba y de derecho común y procesal, a través de los cuales los jueces de la causa apoyaron sus decisiones en cl ámbito de su jurisdicción excluyente.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales.

La doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto sustituir a los jueces de la " causa cn la solución de las cuestiones que les son privativas, ni abrir una tercera instancia para debatir temas no federales.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales.

La doctrina de la arbitrariedad no tiene por finalidad abrir una nueva instancia ordinaria donde puedan discutirse cuestiones de hecho, de derecho procesal, ni la corrección de fallos equivocados o que se consideren tales, sino que sólo admite los supuestos desacicrtos y omisiones de gravedad extrema, a causa de los cuales los pronunciamientos no pueden adquirir validez jurisdiccional.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal, Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario.

Estardía la próposición de cuestiones federales después del fallo final de la causa | cuando, no obstante ser la sentencia impugnada confirmatoria de la de primera

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1952 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-311/pagina-1952

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