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Fallos: 310:569 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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de desprenderse de inmediato de las actuaciones y enviarlas a este Tribunal, importó por parte de los magistrados que suscribieron las providencias de fs. 52 y 55 vta. un inadmisible desconocimiento de las previsiones de los arts. 100 y 101 de la Constitución Nacional, 21 del Código de Procedimientos en Materia Penal y 24, inc. 19, del decreto-ley 1285/58, con riesgo de que tales omisiones pudieran afectar las relaciones y el trato con las potencias extranjeras. .

Por ello, atento el informe del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto obrante a fs. 51 y de conformidad con lo dictaminado por el Procurador General, Se resuelve: , 19) Declarar la competencia originaria de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación para entender en esta causa en la que resulta imputado el Consejero de Asuntos Científicos de la República Fe deral de Alemania, Dn. Klaus Gunter Jacobs, al que se le recibirá declaración a tenor del art. 236, segundo apartado, del Código de Procedimientos en Materia Penal.

2) Déjese sin efecto el requerimiento formulado a fs. 52 por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Correccional Letra N, y líbrese nuevo oficio a la Embajada de la República Federal de Alemania, solicitando la conformidad exigida por el art. 24, inc. 19, del decreto-ley 1285/58, a cuyo fin se adjuntará copia auténtica de .

las actuaciones. 39) Llámase la atención de los Dres. Dina Rende de Cagide y Eduardo Norberto, Sabatini, para que situaciones como la que se señalan en el considerando segundo no se repitan en el futuro.

4) Recíbasele declaración testimonial a Ricardo Musante.

los Seveño CABALLERO — AUGUSTO César Berruscio — Carlos S. FAYT — ENnRIQue SANTIAGO PEIRACCHI — JORGE ANTONIO .

Bacqué. .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:569 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-569

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