nuevo fallo. Buenos Aires, 14 de noviembre de 1986. Juan Octavio Gauna.
+ FALLO DE LA CORTE SUPREMA - Buenos Aires, 10 de marzo de 1987.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada N — en la causa Díaz, Cruz Francisco c/Continental Armadores de Pesca S.A. (CONARPESA)", para decidir sobre su procedencia. Considerando: , - Que esta Corte com] parte los argumentos y conclusiones expuestos por el señor Procurador General a los que remite en razón de .
brevedad. .
Por ello, se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario interpuestos y se deja sin efecto la sentencia por lo que el expediente deberá volver a fin de que, por quien corresponda, se dicte una nueva de conformidad con el presente. Acumúlense las actuaciones al principal. .
AUGUSTO César BELLUSCIO — CaRLos S. FAYr — - — EnRriQUE SANTIAGO PErraccHr — JorGE ANTONIO Bacqué.
LUMICOT S.A.I.C.A.F.I. -
CONCURSO PREVENTIVO. -
La regla del art. 20 de la ley 19.551 que suspende el curso de los íntereses que devengue todo crédito de causa o título anterior a la presenta"ción del concurso no se refiere a la actualización monetaria de los capitales. . .
COSTAS: Resultado del litigio. o : Corresponde imponer las costas por su orden, en razón de que la doc- .
trina jurisprudencial de la Cámara permitía a la concursada considerarse .
con razón para sostener la conclusión contraria a la arribada por la Corte.
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:489
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