EXPROPIACION: Indemnización. Generalidades. .
Resulta indiscutible que si, como consecuencia del desistimiento, llevado a cabo por el expropiante, se ocasionaran perjuicios al propietario, éste tendrá derecho a ejercer las acciones legales correspondientes para obtener el respectivo resarcimiento (1).
EXPROPIACION: Indemnización/ Generalidades. ' , Los jueces deben actuar con suma prudencia cuando se trata de resarcir ° los daños causados como consecuencia del desistimiento llevado a cabo por el expropiante, verificando si efectivamente se hañ producido y, en su Caso, si fueron una consecuencia directa e inmediata de la afectación y posterior desafectación del inmueble, cuidando de no otorgar reparaciones que puedan derivar en soluciones manifiestamente irrazonables (2). .
EXPROPIACION: Indemnización. Generalidades. - Sí los actores conservaron la posesión material del bien durante el juicio que promovieron contra la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires por escrituración y pago del precio que ésta ofreció oportunamente por su compra —pretensión que fue desestimada ante la desafectación del inmueble ocurrida en el curso de ese proceso, y no existieron actos posesorios que le hayan impedido lucrar con el valor de su renta, el resarcimiento otorgado por haber mantenido el inmueble indisponible, sujeto al juicio aludido, carece de fundamentos. EXPROPIACION: Indemnización: Generalidades.
Es descalificable el fallo que condena a la Municipalidad a resarcir ios gastos de subdivisión del inmueble en propiedad horizontal que, a raíz de su depreciación, y para lograr enajenarlo, los actores se habrían visto obligados a realizar, pues no se advierte qué elementos de juicio ha tenido en cuenta el- tribunal a quo para fundar la idmisión de este rubro ni éste aparece incluido en la estimación hecha en la demanda.
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:191
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