habría sido detenido en un procedimiento llevado a cubo por efectivos de la policía bonaerense, en oficinas ubicadas en esta Capital, y conducido a la Comisaría provincial de Isidro Casanova, lugar donde se lo mantuvo privado de su libertad por "averiguación de antecedentes". 1 3) Que es doctrina de esta Corte que cuando la privación de libertad fue cometida en varias jurisdicciones, y en una de ellas se cometió además otro delito, es a los tribunales de esta última a los que toca entender en ambos hechos (Fallos: 300:869 ; Comp.
n" 821.XX. "Sánchez, C.", del 14 de agosto de 1986, y sus citas; Comp. n9 7.XXI. "Vallaco, Carlos Alberto", resuelta el 19 de diciembre —, de 1986, entre otras). ° 4) Que en el caso de autos, la privación de libertad habría sido cometida en íntima vinculación con actos perpetrados en territorio provincial tendientes a extorsionar al empleador de Di Santo, hecho que es investigado por el juzgado provincial. En tales condiciones, corresponde que sea este último tribunal el que continúe entendiendo en la causa.
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se resuelve que deberá proseguir con la sustancia- —.
ción de estos autos, el Juzgado en lo Penal n° 8 del Departamento Judicial de Morón, Provincia de Buenos Aires, al que se remitirán.
Hágase saber al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción n? 8.
José SEvero CABALLERO -— AUcusto: César Bertuscio — Carlos S. FAYr — EnRigue SANTIaGO Pemaccur — JORGE ANTONIO — Bacouí. ..
ROSENDO H. MONTI y OTRO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas ° penales. Delitos en perjuicio de los bienes y rentas de la Nación y de sus enfidades autárquicas. .
Es competente la justicia federal (art. 39, inc. 39,-do la ley :48) plaravicomocer del presunto robo de dinero destinado al pago de sueldos del personal
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1757
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