.. PARO GENERAL:
—N9 9 En Buenos Aires, a los 10 días del mes de diciembre del año mil nove- .
cientos ochenta y siete, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor —Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don José Severo Caballero y los señores Jueces doctores don Augusto César Juan Belluscio, don Carlos $. Fayt, don Enrique Santiago Petracchi y don Jorge Antonio Bacqué, Consideraron: He.
Que la forma irregular en que han funcionado los Tribunales Nacional y Federales, en virtud del paro de transportes cumplido el día 9 de diciembre del corriente, requiere tomar medidas que eviten perjuicios a los litigantes.
Acordaron: Dedarar el día 9 del corriente mes inhábil para los Tribunales Nacionales y Federales del país, sin perjuicio de la validez de los actós procesales cumplidos que no hubiesen sido actuados en rebeldía.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y re gistrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. Josi SEvemo CaBaLLEno — AUGUSTO César Errtuscio — Cantos S. FAyr — ENRQue SanTIAGO PernacCHT — JonGE ANTONIO Bacquí. — Eduardo D. Craviotto (Secretario).
.. OBRA SOCIAL. .
. —N9 40— "e En Buenos Aires, a los 10 días del mes de diciembro del año mil novecientos ochenta y siete, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don José Se vero Caballero y los señores Jueces doctores don Augusto César Belluscio, don Caños 5. 'Fayt, don Enrique Santiago Petracchi y don Jorge Antonio Bacqué, Consideraron: - .
LI Que de acuerdo con lo que dispone el art. 19 del Estatuto de la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, aprobado por la acúrdada n? 43, del
Compartir
60Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1667
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-1667¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 310 Volumen: 2 en el número: 27 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
