rante el cual el denominado "precio de leasing", o "precio de uso", o "precio de la locación", debía ser pagado en forma mensual y reajustable. Las partes fijaban un llamado "valor residual" —también actualizable— que el Jocatario debía abonar en el caso de que de— cidiera ejercer la opción de compra que el contrato contemplaba.
El demandado se presentó en concurso preventivo —el 16 de julio de 1984— ante el ya mencionado magistrado cordobés, quien lo declaró abierto con fecha 19 de agosto de 1984. La actora pidió —y obtuvo— la verificación de sus créditos consistentes en todos los períodos adeudados por Villegas Zinny hasta el momento - de presentación en concurso. Como el juez de éste autorizó al concursado a continuar con el cumplimiento del contrato —en los términos y alcances del art. 21 de la ley 19.551 (texto ordenado por el decreto 2449/84)— la actora, frente a nuevos incumplimientos, promovió ante aquél una demanda por resolución del contrato. El juez del concurso se declaró incompetente, con base en que las invocadas causas de resolución contractual habrían acaecido en el "período post-concursal" (fs. 27).
, A su tumo, cuando la actora reclamó en los presentes autos la resolución con más los daños y perjuicios ante los tribunales de la.
Ciudad de La Plata jurisdicción convenida enel contrato (fs. 10)—, éstos también se declararon incompetentes y sostuvieron que, pese a que los aducidos incumplimientos fueron posteriores a la presentación en concurso, ellos reconocían una causa anterior, cual sería "la relación económica jurídica que dio lugar a la obligación" fs. 33). 49) Que las características del presente caso llevan a concluir en la competencia del juez del concurso para entender en la pretensión esgrimida por la actora. En efecto, fue dicho magistrado quien —en resolución no cuestionada por la demandante— autorizó, previo pedido del deudor, la continuación del contrato en curso de ejecución, por considerarlo incluido en la categoría contemplada en el art. 21 de la ley 19.551 (fs. 14). Además, cuando declaró verificados los créditos de la, demandante —correspondientes a períodos anteriores a la presentación del deudor en concurso encuadró al con
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1120
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