hecha á Quintana, importa desconocer los derechos de la sucesion de Veron, y con el mismo derecho que Quintana ocurre á V. E., ocurrirían los Veron, pidiendo cada uno por su parte y para sí, el reconocimiento de su título, y la anulacion del contrario. No es necesario decir que V. E, carece de jurisdiccion originaria para conocer de cuestiones semejantes.
El mismo Borches así parece haberlo comprendido al ocurrir M Juezde 1° Instancia del Paraná, pidiendo el desalojo del terreno que decía pertenecerle, á mérito del título antes referido.
El espediente agregado bajo la letra B, no importa otra cosa que la larga tramitacion seguida con ocasion de esta demanda pendiente aún de los recursos de apelación y nulidad deducidos por el mismo Borches para ante la Cámara de la ya citada provincia de Entre ltios.
¿Cuál es, mientras tanto, la posicion de Dorches, con respecto al Gobierno de Entre lios? Desde luego es justo € indispensable observar que, habiendo ocurrido ante la justicia local á hacer valer sus derechos, debe ante ella continuar su defensa hasta su terminacion.
Y aún prescindiendo de esta consideracion, por cuants podría decirse que el hecho que dá lugar 4 la accion contra el trobierno de Entre ltios vs posterior á la demanda, aún nsímismo, la falta de jurisdiccion de esta Cort» resulta manifiesta.
Ni podría tampoco decirse que el reconocimiento de los derechos de la sucesion de Veron, fuera ajeno ó anterior á la cuestion de desalojo. Tuvo él lugar, como se ha visto, en 40 de Octubre de 1883 ; Borches dedujo su recurso en 12 de Noviembre del mismo año, y aparece notificado en su tramitacion, por última vez, en 28 de Febrero del corriente, aún despues de haber ocurrido ú V. E. en 7 del mismo mes.
Como se ha visto, el Gobierno de Entre lios conocía al mismo tiempo de dos solicitudes de compra sobre un mismo terreno.
Por error, por olvido, ó por otra causa cualquiera, no trajo á la
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Año: 1887, CSJN Fallos: 31:259
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