(86) y la producción de un documento que incluyera la no revisión de los métodos empleados en la lucha contra la subversión.
Por el contrario, los comandantes en jefe de Jas F.F.A.A. man tuvieron el marco normativo vigente y en base al mismo dictaron sus Directivas. El Ejército emitió las números 404/75, 504/75 y 604/75 cuyos ' anexos —Bases Legales — enumeran el conjunto de leyes y decretos que dan sustento al accionar contrasubversivo y específicamente el Plan de Operaciones Normales (PON/75) que establece que cuando se detenga a alguna persona con motivo de las operaciones, ella será alojada en algún instituto carcelario de su jurisdicción hasta tanto tome intervención el Poder Ejecutivo Nacional o el magistrado correspondiente, según sea puesto a disposición de uno y otro.
La Armada Argentina, fija en los Anexos "E" y "F" de Placintara/75, el marco jurídico y el procedimiento con respecto a personas detenidas con: motivo de la lucha contrasubversiva, expresando que se labrará un acta en el momento de la detención y que ella no puede prolongarse por más de 48 horas a los efectos de permitir el interrogatorio para cumplir con las necesidades de operaciones e inteligencia, y posteriormente deberá ponerse a disposición de la justicia militar correspondiente.
Por su parte, la Fuerza Aérea también enumera un conjunto de leyes al igual que las otras Fuerzas, que dan las bases legales del accionar en el Anexo "Foxtrot" de la orden de Operaciones Provincia/76. , .
De lo expuesto, se evidencia que en lo que se refiere a la tác- .
tica empleada en la lucha contra la subversión, los comandantes en jefe no se sometieron a la autoridad de la Junta Militar sino que aquélla fue conducida desde el nivel de Comando por la cadena .
natural de mandos. - ° Cada Comandante planificó su táctica y la instrumentó en cada una de las directivas, dentro del marco legal vigente, en orden a la
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1772 
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